Personal adscrito por adjudicatarios de contratos firmados con la Administración
El artículo 9.1.h) de la Ley 19/2014 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno establece que la Administración debe hacer pública la relación de los puestos ocupados por personal adscrito por los adjudicatarios de contratos firmados con la Administración que, en virtud del contrato, lleve a cabo una actividad, servicio u obra con carácter permanente en una dependencia o establecimiento público, así como el régimen de dedicación y el régimen retributivo de este personal y las tareas que lleva a cabo .
De acuerdo con la legislación vigente, las administraciones públicas no pueden tener con carácter permanente personal de empresas privadas.
Fuente de los datos: unidad competente en la gestión de los Recursos Humanos del Consorcio de Educación de Barcelona.