Centros de educación especial Preinscripción 2025-2026

Calendario

Oferta inicial
11/03

El próximo 11 de marzo se publicarán las plazas vacantes en la oferta inicial en los centros de educación especial. Esta oferta inicial es orientativa y puede ser modificada en la oferta final en los términos que establece la resolución anual sobre preinscripción y matrícula que publica el Departamento de Educación e iFormación Profesional y que puede consultar en el espacio de normativa. La oferta final se publicará el 6 de junio.

- Oferta inicial de plazas, pdf

Preinscripción
desde el 12/03 hasta el 26/03

Presentación de solicitudes: del 12 al 26 de marzo de 2025

Se aceptarán solicitudes fuera de plazo hasta el 29 de abril de 2025 . Hay que tener en cuenta que en el momento de realizar las asignaciones serán prioritarias las solicitudes realizadas en el plazo de presentación respecto a las recibidas fuera de plazo.

- Presentar la solicitud de preinscripción

05/05

Listado de solicitudes validadas: 5 de mayo de 2025.

Las familias podrán consultar en el centro elegido en primera opción si su solicitud ha sido validada -la presencia en este listado no implica que el niño haya sido asignado, sino que su solicitud es correcta y se tendrá en cuenta a la hora de realizar las asignaciones según los criterios establecidos por la normativa.

El día 5 de mayo de 2025, los centros de educación especial dispondrán de un listado con las solicitudes validadas. Puede contactar con el centro elegido en primera opción en la solicitud de preinscripción para obtener más información.

ATENCIÓN: este listado sólo indica que la solicitud ha sido aceptada, no que el/la alumno/a haya sido asignado al centro. La asignación definitiva se producirá el 6 de junio de 2025.

desde el 05/05 hasta el 09/05

Periodo de reclamaciones al proceso de validación de solicitudes: del 5 al 9 de mayo de 2025

Las familias que detecten algún error o anomalía en el listado de solicitudes validadas podrán presentar una reclamación al centro elegido en primera opción. En cualquier caso, será el centro quien traslade la reclamación al Servicio de Escolarización para gestionarla.

06/06

Listado de alumnado admitido: 6 de junio de 2025.

Las familias podrán consultar la asignación en el centro elegido en primera opción y también en el listado anonimizado que se publicará en este mismo espacio.

Los centros de educación especial dispondrán también de un listado con las asignaciones. Puede contactar con el centro elegido en primera opción en la solicitud de preinscripción para obtener más información.

desde el 09/06 hasta el 15/06

Periodo de reclamaciones en la plaza asignada: del 9 al 15 de junio de 2025.

Las familias que deseen presentar una reclamación en la plaza asignada durante el proceso de preinscripción pueden hacerlo por vía telemática a través del formulario de reclamaciones (enlace próximamente disponible)

Matrícula
desde el 25/06 hasta el 03/07

Matrícula: Recuerde que una vez asignada la plaza, es necesario formalizar la matrícula en el propio centro de educación especial entre los días 25 de junio y 3 de julio de 2025 .

desde el 07/07 hasta el 11/07

Listas de espera: las listas de espera en los centros con mayor demanda que oferta permanecerán vigentes entre el 7 y el 11 de julio de 2025 .

Las solicitudes de preinscripción quedarán en lista de espera exclusivamente del centro elegido en primera opción y en aquellos centros que hayan tenido mayor demanda que oferta.

 

Presentación de solicitudes

El plazo previsto para presentar las solicitudes de preinscripción a las enseñanzas obligatorias en centros de educación especial en la ciudad de Barcelona es del 12 al 26 de marzo de 2025 . Se aceptarán solicitudes fuera de plazo hasta el 29 de abril de 2025

La solicitud debe realizarse mediante este formulario electrónico

ATENCIÓN : las familias residentes fuera de la ciudad de Barcelona no deben rellenar este formulario. Deberán dirigirse al director/a de los servicios territoriales de su domicilio para que, de acuerdo con lo que establece la normativa, nos envíe una propuesta motivada a la Gerencia del Consorcio de Educación junto con la evaluación psicopedagógica del EAP de su zona.

Podrá presentar el formulario electrónico de dos formas:

  • Con identificación digital (idCAT Móvil, Cl@ve, DNI electrónico o idCAT Certificado). Recomendamos que, en caso de disponer de alguno de estos sistemas de identificación, utilice esta opción.
  • Sin identificación digital. En éste será necesario que nos adjunte la documentación en el formulario.

Una vez finalizada la solicitud, recibirá una comunicación de confirmación del trámite.

¿Cuándo se debe escolarizar a un alumno en un centro de educación especial?

El Decreto 150/2017, de 17 de octubre, de la atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo establece que, únicamente los alumnos con discapacidades graves o severas que necesiten elevada intensidad de apoyo educativo y medidas curriculares, metodológicas, organizativas o psicopedagógicas altamente individualizadas pueden ser escolarizados.

Las familias y alumnado residentes fuera de Barcelona que requieran la escolarización en centros de educación especial, tendrán que dirigirse al director/a de los servicios territoriales de su domicilio para que envíe una propuesta motivada a la Gerencia del Consorcio de Educación, junto con la evaluación psicopedagógica del EAP de su zona.

Para realizar las asignaciones del alumnado a un centro de educación especial de Barcelona, se tienen en cuenta las preferencias de las familias, las vacantes y la tipología de centro orientado por el EAP . Cuando se da el caso de que las vacantes disponibles no pueden satisfacer la demanda, se utilizan los siguientes criterios para priorizar las asignaciones en el siguiente orden:

a) Tendrán preferencia las solicitudes de escolarización a jornada completa respecto a las de escolarización compartida, que se tendrán en cuenta una vez que se hayan podido asignar las primeras.

b) Serán prioritarias las solicitudes de alumnado residente o escolarizado en Barcelona con respecto a las peticiones del alumnado residente fuera de Barcelona.

c) A continuación, se dará prioridad a las solicitudes recibidas en plazo respecto a las recibidas fuera de plazo.

d) Si persiste el empate, se establecerán los siguientes criterios de prioridad entre las solicitudes empatadas en función de la situación de escolarización previa del alumnado:

    • Tendrá prioridad el alumnado recién llegado o que realiza un cambio de centro por cambio de etapa en la ESO o en primaria y está en un centro sin continuidad.
    • A continuación se priorizará al alumnado proveniente de un centro con soporte SIEI.
    • Seguirá el alumnado procedente de un centro que no disponga del soporte SIEI.
    • En última instancia se tomará en consideración el alumnado escolarizado en un centro de educación especial que quiere realizar un cambio de centro a otro centro de educación especial.

f) Si persevera el empate entre solicitudes, se deshará teniendo en cuenta el grado de discapacidad del alumnado, ordenándolo de mayor a menor.

g) Seguidamente, si todavía persiste el empate, se tendrá en cuenta si el alumno/a cumple alguna de las siguientes condiciones: padre, madre o tutor/a que trabaje en el centro solicitado, el alumno/a tiene un hermano, la familia acredita ser numerosa o monoparental.

h) En último término, si ninguno de los puntos anteriores han podido deshacer el empate, se tomará en consideración la proximidad del domicilio respecto al centro solicitado en primera opción, en primera instancia, o, en su caso, la proximidad del puesto de trabajo en segunda instancia, si la familia ha alegado esta dirección en su solicitud.