Escoles bressol municipals y guarderías públicas. Preinscripción 2024-2025

Para ser admitido o admitida en una guardería o una guardería pública el niño o la niña debe tener, como mínimo, 16 semanas al inicio del curso 2024-2025. Si el centro tiene vacantes, puede admitir a lo largo del curso a niños y niñas a partir del momento en que cumplan 16 semanas.

Calendario

Preinscripción
02/05

Publicación de la oferta de plazas: el 2 de mayo de 2024

Consulte la oferta de plazas:

- Guarderías públicas , pdf

- Guarderías municipales , pdf

desde el 03/05 hasta el 16/05

La presentación de la solicitud de preinscripción en las guarderías municipales de la ciudad de Barcelona y las guarderías públicas, para el curso 2024-2025, se hará de forma telemática del 3 al 16 de mayo de 2024, ambos incluidos , y por medio del portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

24/05

Publicación de la lista de solicitudes de preinscripción en el centro con la puntuación provisional: 24 de mayo de 2024 .

desde el 27/05 hasta el 31/05

Plazo para presentar una reclamación: del 27 al 31 de mayo de 2024

04/06

Publicación de la lista de solicitudes de preinscripción en el centro con la puntuación definitiva: el 4 de junio de 2024.

05/06

Sorteo del número de desempate: el 5 de junio de 2024.

- El número de desempate por determinar el orden de las solicitudes es el 7521 (número total de solicitudes: 8474).

13/06

Publicación de la lista de los niños admitidos y, en su caso, de la lista de espera: 13 de junio de 2024 .

Matrícula
desde el 14/06 hasta el 21/06

Periodo de matrícula: del 14 al 21 de junio de 2024, ambos incluidos

Listados

Las listas se publicarán en la web de la guardería o guardería escogida en primera opción.

Criterios de prioridad, baremos y documentación

Criterios generales

Cuando el número de solicitudes es superior a la oferta, se aplicarán las prioridades y criterios que determina la normativa vigente para ordenar las solicitudes y asignar los puestos escolares de los centros. Estos criterios pueden ser prioritarios o complementarios.

Criterios prioritarios

  • Existencia de hermanos o hermanas escolarizados/as en el centro. 50 puntos

  • Proximidad del domicilio del alumno en el centro o, en su caso, proximidad del puesto de trabajo del padre o madre, tutor o tutora o guardador/a de hecho (en el sentido de guarda legal previsto en el derecho civil catalán o de resolución de acogimiento del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias).

    • Domicilio en el área de influencia del centro (distrito y área de influencia específica para algunos centros): 30 puntos
    • Domicilio dentro del municipio de Barcelona pero fuera del área de influencia del centro: 15 puntos
    • Cuando a instancia del padre o madre, tutor o tutora, se tome en consideración en lugar del domicilio, la dirección del puesto de trabajo de uno de ellos, y ésta se encuentra dentro del área de influencia del centro: 10 puntos

En cuanto al baremo del domicilio ésta se realizará de acuerdo con la dirección que figure en el volante de convivencia del alumno, donde debe constar que convive con uno o ambos tutores (en todos los casos debe convivir con el solicitante).

  • Renta anual de la unidad familiar
    Cuando el padre o madre, tutor o tutora sean beneficiarios de la ayuda de la Renta Garantizada de Ciudadanía o del Ingreso Mínimo Vital. 15 puntos.

Criterios complementarios

  • Discapacidad del alumno/a, padre, madre o hermanos: 15 puntos

  • Cuando el padre/madre o tutor/a legal trabaja en el centro, en el momento de presentar la solicitud de preinscripción: 10 puntos

  • Por el hecho de formar parte de una familia numerosa: 10 puntos

  • Por formar parte de una familia monoparental: 10 puntos

  • Debido a que el alumno/a haya nacido en un parto múltiple: 10 puntos

  • Debido a que el alumno/a se encuentre en situación de acogimiento familiar: 10 puntos

  • Cuando se acredite la condición de víctima de violencia de género o terrorismo: 10 puntos

Criteris a efectes de barem i documentació acreditativa

Para la preinscripción de las escoles bressol i guarderías públicas no se debe presentar el libro de familia, el DNI, NIE o pasaporte del solicitante ni la tarjeta sanitaria del alumno. Esta documentación, en caso de que se obtenga plaza, debe presentarse en el momento de formalizar la matrícula.

Respecto a la documentación acreditativa de los criterios prioritarios y complementarios sólo debe presentarse la documentación en caso de que el Ayuntamiento no la pueda comprobar directa o interoperante con la Generalitat de Cataluña.

Las familias que hagan la preinscripción telemática y deban acreditar algún criterio que el Ayuntamiento no pueda interoperar podrán enviar por correo electrónico esta documentación escaneada o fotografiada, por ambas caras cuando proceda, y siempre con buenas condiciones de legibilidad. En cualquier caso el centro requerirá la presentación de la documentación original ante cualquier duda sobre su autenticidad.

Para las familias que hayan presentado el último día la solicitud por vía telemática podrán enviar la documentación un día hábil posterior a la finalización del período de presentación de las solicitudes.

Las familias que no puedan hacer el trámite electrónico y hagan la preinscripción presencialmente en el centro tendrán que llevar esta documentación (original y fotocopia) directamente a la guardería o guardería elegida en primera opción dentro del plazo de presentación de las sol solicitudes de preinscripción.

Criterios a efectos de baremo y documentación:

Criterios prioritarios:

a) Existencia de hermanos/as escolarizados/das en el centro educativo: 50 puntos

Se entiende que un/a alumno/a tiene hermanos escolarizados en el centro cuando éstos están escolarizados en el momento de presentar la solicitud de preinscripción. Este criterio es aplicable a los niños en situación de acogimiento familiar atendiendo a la composición de la familia acogedora.

El centro comprobará directamente estas circunstancias.

b) Proximidad del domicilio del alumno en el centro o, en su caso, proximidad del puesto de trabajo del padre o madre, tutor o tutora o guardador/a de hecho (en el sentido de guarda legal previsto en el derecho civil catalán o de resolución de acogimiento del Departamento de Derechos Sociales).

  • Domicilio en el área de influencia del centro. 30 puntos
  • Domicilio dentro del municipio de Barcelona pero fuera del área de influencia del centro. 10 puntos
  • Domicilio fuera del municipio de Barcelona. 0 puntos
  • Cuando a instancia del padre o madre, tutor o tutora, se tome en consideración en vez del domicilio, la dirección del puesto de trabajo de uno de ellos, y ésta está dentro del área de influencia del centro. 20 puntos.

En cuanto al baremo del domicilio, se llevará a cabo de acuerdo con la dirección que figure en el volante de convivencia del alumno/a, donde debe constar que convive con uno o ambos tutores (en todos los casos debe convivir con la persona solicitante).

El volante de convivencia no debe presentarse, ya que el IMEB obtendrá esta información de forma directa mediante el padrón del Ayuntamiento de Barcelona.

Cuando por este criterio se considere el domicilio del puesto de trabajo, se acredita mediante copia del contrato laboral o un certificado emitido al efecto por la empresa. En el caso de trabajadores en el régimen de autónomos, se tendrá en cuenta el domicilio acreditado en la Agencia Tributaria y se acreditará con copia del formulario de la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios (modelos 036 y 037).

c) Renta anual de la unidad familiar: 15 puntos

Documentación acreditativa de ser beneficiario/a de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía del Departamento de Bienestar Social o documentación del Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social.

 

Criterios complementarios

a) Discapacidad en el alumno o alumna, padre, madre, tutor, tutora o hermanos: 15 puntos

Cuando el alumno/a acredita una discapacidad de grado igual o superior al 33%, o cuando el padre o madre, tutor/ao un hermano/a del alumno/a acredita una discapacidad igual o superior al 33%.

Se consideran afectados por una discapacidad igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente de grado total, absoluta o de gran invalidez y los de las clases pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Si la tarjeta o el certificado de discapacidad ha sido emitido por la Generalidad de Cataluña no debe presentarse el documento acreditativo, ya que el IMEB interoperará con esta administración para verificar esta información.

En el caso de certificados de discapacidad emitidos por otras comunidades autónomas, deberá presentarse este certificado.

En el caso de los pensionistas antes mencionados, es necesario adjuntar el documento acreditativo de ser beneficiario/a de este tipo de pensión.

b) Padre o madre o tutor/tutora legal trabajan en el centro educativo: 10 puntos

Se entiende que el padre o madre o tutor/a legal trabaja en el centro cuando, en el momento de presentar la solicitud de preinscripción, ejerce una actividad continuada con una jornada mínima de 10 horas semanales, con el correspondiente nombramiento de interino/ao sustituto/ao con un contrato laboral o administrativo.

No debe adjuntarse ningún documento acreditativo porque el centro hace la comprobación.

c) Por el hecho de formar parte de una familia numerosa: 10 puntos

Si el carné de familia numerosa ha sido emitido por la Generalidad de Cataluña no debe presentarse, ya que el IMEB interoperará con esta administración para verificar esta información.

En caso de que haya sido emitido por otras comunidades autónomas sí debe presentarse.

En todos los casos el carné de familia numerosa debe estar vigente.

d) Por el hecho de formar parte de una familia monoparental: 10 puntos

Si el carné de familia monoparental ha sido emitido por la Generalidad de Cataluña no debe presentarse, ya que el IMEB interoperará con esta administración para verificar esta información.

En caso de que haya sido emitido por otras comunidades autónomas sí debe presentarse.

En todos los casos el carné de familia monoparental debe estar vigente.

e) Por el hecho de que el alumno/a haya nacido en un parto múltiple: 10 puntos

Documentación acreditativa: el libro de familia

f) Por el hecho de que el alumno/a se encuentre en situación de acogimiento familiar: 10 puntos

Documentación acreditativa: La resolución de acogida del Departamento de Derechos Sociales

g) Cuando se acredite la condición de víctima de violencia de género o de terrorismo: 10 puntos

Documentación acreditativa: La condición de víctima de violencia de género se acredita por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. La condición de víctima de terrorismo se acredita con el certificado emitido por la Subdirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.

Áreas de Influencia

A efectos de aplicación del criterio de proximidad del domicilio habitual en el centro, el área de influencia de las guarderías y guarderías de titularidad pública de la ciudad de Barcelona será el distrito municipal donde está ubicado el centro, salvo los centros que tienen un área de influencia específica.

Guardería Municipal Alchemika (08073338), ubicada en la calle de Sant Antoni Maria Claret, 358 bis; su área de influencia será, además del distrito de Sant Martí, la zona del distrito de Horta-Guinardó delimitada por el perímetro formado por la calle Sant Quintí-calle de la Torre Vélez-calle del Chiprer-calle de Escornalbou-Passeig de Maragall-Calle de San Antonio María Claret.

Guardería Municipal Aurora (08073338) ubicada en la calle Aurora, 24 y la Guardería Municipal Mont Tàber (08046980), ubicada en la calle Santa Elena, 4; la zona de influencia de ambas será, además del distrito de Ciutat Vella, la zona del distrito del Eixample delimitada por el perímetro formado entre ronda de Sant Pau- calle del Parlament-Avenida del Paral·lel. También la zona del distrito de Sants-Montjuïc delimitada por el perímetro formado entre avenida del Paral·lel-calle de Radas-Plaça dels Ocellets- calle de Blai. Calle de Fontrodona- calle de Vila i Vilà – calle de Josep Carner- plaza de les Drassanes – avenida del Paral·lel.

Guardería Municipal Can Caralleu (08072693), ubicada en la calle Mayor de Can Caralleu, 1; su área de influencia será además del distrito de Sarrià-Sant Gervasi, la zona del distrito de Les Corts delimitada por el perímetro formado entre la Avenida Espasa-Calle de Montevideo- Avenida Mare de Déu de Lorda- Camí Mare de Déu de Lorda-calle de la Font del Lleó-Avenida de Pearson-Calle de Juan de Alòs-Calle del Dr. Joaquín Albarrán-Calle del Gran Capità-Calle de Sor Eulalia de Anzizu-Avenida de Pedralbes-Calle de Bosch i Gimpera.

Guardería Municipal Can Rosés (pendiente código centro), ubicada en la calle Déu i Mata,57; su área de influencia será además del distrito de Les Corts, la zona del distrito de Sarrià-Sant Gervasi delimitada por el perímetro formado entre la Avenida de Pau Casals -Calle de Bori i Fontestà - calle del dr. Fleming- Avenida Diagonal y plaza de Francesc Macià.

Guardería Municipal Casa dels Nens (08072930), ubicada en la calle Roger de Llúria, 132; su área de influencia será, además del distrito del Eixample, los números impares de la calle Córcega comprendidos entre el Paseo de Gràcia y la calle Bailèn del distrito de Gràcia.

Guardería Municipal Caspolino (08074033), ubicada en la calle Neptuno, 12; su área de influencia será, además del distrito de Gràcia, la zona del distrito de Sarrià-Sant Gervasi delimitada por el perímetro formado por Vía Augusta-Riera cassoles– Carrer de Guillem Tell – Vía Augusta – Calle de Calvet – Avenida Diagonal y , del distrito del Eixample, el perímetro formado entre av. Diagonal - Calle de Córcega - Calle de Casanovas.

Guardería Municipal Colometa (08072838), ubicada en la Avenida Meridiana, 573; su área de influencia será, además del distrito de Nou Barris, la zona del distrito de Sant Andreu delimitada por el perímetro formado por la Ronda de Dalt-Paseo Torras y Bages-Paseo de Santa Coloma-Avenida Meridiana.

Guardería Municipal El Fil (08071895), ubicada en la calle Nicaragua, 45; su área de influencia será, además del distrito de Sants-Montjuïc, la zona del distrito del Eixample delimitada por el perímetro formado por la Calle de Tarragona - Avenida de Josep Tarradellas - Calle de Entença - Calle de Aragón y la zona del distrito de Les Corts delimitada por el perímetro formado por la calle de Numancia-calle de Sentmenat y calle de Berlín.

Guardería Municipal El Gat Negre (08071937), ubicada en el Camino de Can Mora, 13; su área de influencia será el conjunto de los distritos de Gràcia y Horta-Guinardó.

Guardería Municipal El Putxet (08069852), ubicada en la calle Marmellà, 13; su zona de influencia será, además del distrito de Sarrià-Sant Gervasi, los números pares de la Av. República Argentina, pertenecientes al distrito de Gracia.

Guardería Municipal El Tramvia Blau (08069839), ubicada en la plaza Alfonso Comín , 15; su zona de influencia será, además del distrito de Sarrià-Sant Gervasi, la zona del distrito de Gràcia delimitada por los perímetros formado por: a) lado mar: Calle Esteve Terradas – Calle Gomis – Calle Jardins Manuel Blancafort – Av. de la República Argentina (hasta núm. 162). b) lado montaña : Calle de Collserola – Calle August Font-Carretera de les Aigües – Calle de Vallpar – Calle de Ticià – Paseo Vall d'Hebron.

Guardería Municipal El Tren de Fort Pienc (08063606), ubicada en plaza Fort Pienc, 5; su área de influencia será, además del distrito del Eixample, la zona del distrito de Sant Martí delimitada por el perímetro formado por la calle Roger de Flor- Calle Pujades- Avenida Meridiana y calle Almogàvers.

Guardería El Vuit (08047671), ubicada en la Via Trajana, 24; según Resolución de 17 de marzo de 2009 de la Dirección General competente del Departamento de Enseñanza, su área de influencia será, además del distrito de Sant Martí, las viviendas del barrio de Via Trajana situadas en el municipio de Sant Adrià de Besòs .

Guardería Municipal Gràcia (08064261), ubicada en la calle Maignon, 2; su área de influencia será, además del distrito de Gràcia, la zona del distrito de Sarrià Sant Gervasi delimitada por el perímetro formado por la Calle de Padua - Calle de Balmes - Calle de Guillem Tell.

Guardería Municipal La Fontana (08046891), ubicada en la calle Gran de Gràcia, 123; su área de influencia será, además del distrito de Gràcia, la zona del distrito de Sarrià-Sant Gervasi delimitada por el perímetro formado por las calles de Via Augusta – Riera Cassoles – Calle de Guillem Tell – Via Augusta – Calle de Calvet– Avenida Diagonal.

Guardería Municipal Marina (08072942), ubicada en la calle Marina, 347; su área de influencia será, además del distrito de Horta-Guinardó, la zona del distrito de Gràcia delimitada por el perímetro formado entre la calle Sardenya-calle Providencia-calle del Secretari Coloma-Travessera de Gràcia.

Guardería Municipal Portal Nou (08064283), ubicada en la calle Portal Nou, 2 y la Guardería Municipal Puigmal (08072747), ubicada en la Calle Mònec, 2; la zona de influencia de ambas será, además del distrito de Ciutat Vella, la zona del distrito del Eixample delimitada por el perímetro formado entre la Calle Roger de Flor - Gran Vía de las Corts Catalanas - Calle de Pau Claris.

Guardería Municipal Trencadís (08075104), ubicada en Travessera de Dalt, 92-98; su área de influencia será, además del distrito de Gràcia, el barrio de Can Baró y la zona delimitada por el perímetro formado por la calle Sardenya- la Ronda del Guinardó - Calle de Thous - Plaza de la Font Castellana y la av. de la Mare de Déu de Montserrat del distrito de Horta-Guinardó.

Normativa

Resoluciones

Preinscripción y admisión 2024-2025

      • RESOLUCIÓN EDU/465/2024, de 22 de febrero, por la que se aprueban las normas de preinscripción y matrícula de alumnos en los centros del Servicio de Educación de Cataluña y otros centros educativos, en las diversas enseñanzas sostenidas con fondos públicos, para el curso 2024-2025.
      • RESOLUCIÓN por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 28 de febrero de 2024, de aprobación de la Resolución sobre la preinscripción y matrícula para el curso 2024-2025 en la ciudad de Barcelona.
      • RESOLUCIÓN EDU/995/2024, de 22 de marzo, por la que se modifican los anexos 3, 10, 11 y 15 de la Resolución EDU/465/2024, de 22 de febrero, por la que se aprueban las normas de preinscripción y matrícula de alumnos en los centros del Servicio de Educación de Cataluña y otros centros educativos, en las diversas enseñanzas sostenidas con fondos públicos, para el curso 2024-2025.
      • RESOLUCIÓN por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 26 de marzo de 2024, de aprobación de la Resolución sobre la preinscripción y matrícula del alumnado para el curso 2024-2025 en los jardines de infancia y en las guar