Homologación y convalidación de títulos extranjeros no universitarios

Descripción del trámite

  • Homologar es reconocer la validez de un título como si se hubiera estudiado en Catalunya. Habilita profesionalmente y permite continuar otros estudios.
  • Convalidar quiere decir declarar válidos estudios hechos en el extranjero para poder seguir estudiando en Catalunya.

Se pueden homologar todos los estudios de sistemas educativos extranjeros no universitarios excepto los de idiomas.


Los estudios hechos en el extranjero tienen que cumplir los requisitos siguientes:

  • tener validez oficial en el sistema educativo del país al cual corresponden,
  • estar efectivamente superados en el país de procedencia. No se convalidan asignaturas sueltas,
  • haber superado todos y cada uno de los cursos anteriores al curso que se quiere homologar o convalidar,
  • haber equivalencia académica suficiente, en la duración y los contenidos, respecto a los estudios o en el título español.


Los estudios hechos en un centro extranjero ubicado en el Estado español tienen que cumplir los requisitos siguientes:

  • El centro que los imparte tiene que tener la autorización de la administración educativa española competente.
  • No se puede haber obtenido previamente el mismo título o estudios en el sistema educativo español.


No se tienen que homologar:

  • Los alumnos de sistemas educativos extranjeros que se incorporan a un curso de educación primaria o secundaria (enseñanzas obligatorias), no tienen que solicitar la homologación; estos alumnos se escolarizan por edad. Tampoco lo tienen que solicitar las persones adultas que quieren cursar enseñanzas de educación secundaria obligatoria.
  • No se puede homologar un título extranjero obtenido por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un tercer país.

Para la solicitud de homologación en el título de graduado en educación secundaria no se abonará ninguna tasa; para el resto de enseñanzas, los importes de las tasas son los mismos que hay que pagar por la expedición de títulos académicos y profesional.

Documentación

Los títulos, diplomas y certificados académicos que se presentan tienen que cumplir los requisitos siguientes:

1. Ser documentos académicos oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes del país que se trate.
2. Estar legalizados, si procede (la legalización se tiene que hacer sobre el documento original).

2.1 Legalización de documentos expedidos al extranjero

  • Los documentos que se quieren homologar tienen que ser oficiales, estar legalizados y expedidos por las autoridades competentes de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país.
  • En el supuesto de títulos o certificados académicos, la legalización consiste, a todos los efectos, en el reconocimiento de la firma de la autoridad educativa que expide el documento original (no de la que avala su compulsa o traducción).
  • No se exige ninguna legalización para los documentos expedidos en los siguientes países de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia, Chipre. También Suiza, por acuerdo bilateral con la UE.

  • Para los documentos expedidos en los países que han firmado el Convenio de La Haya es suficiente la legalización única o apostilla emitida por las autoridades competentes del país.
  • Los documentos expedidos al resto de países se tienen que legalizar por vía diplomática en los organismos siguientes y en la orden indicado:
  • Ministerio de educación del país de origen para legalizar los títulos y certificados de estudios.
  • Ministerio de asuntos exteriores del país de expedición de los documentos.
  • Representación diplomática o consular de España en el país de expedición

3. Ir acompañados de la traducción oficial, si se tercia.

3. 1. Los documentos expedidos en el extranjero tienen que ir acompañados de la traducción oficial al catalán o al castellano; pueden hacer esta traducción:

  • traductores jurados de la Generalitat de Catalunya,
  • un traductor jurado, autorizado o inscrito en España,
  • cualquier representación diplomática o consular del Estado español al extranjero,
  • la representación diplomática o consular en España el país del cual es ciudadano el solicitante o del país de procedencia del documento,
  • un traductor jurado en el país de origen (en este caso la traducción tiene que estar legalizada).

4. Todos los documentos que se presentan tienen que ser los originales.

4. 1. Hay que presentar en el registro la documentación original.

Imprímelos, a una sola cara, y consérvelos porque son necesarios para continuar la tramitación.

La notificación se envía por SMS.

Cómo se hace el trámite

Después de rellenar y enviar la solicitud, la aplicación genera los tres documentos siguientes:

  • El resguardo de la solicitud, con el número de registro electrónico y la fecha.
  • La hoja de presentación de documentación que contiene la lista de los documentos que hay que presentar. Este documento sirve de volante de inscripción condicional y es importante conservarlo mientras no se obtiene la credencial porque sirve para inscribirse a determinados enseñanzas o para poder hacer pruebas de acceso.
  • La carta de pago de la tasa con el importe y el plazo para abonarlo. Para la homologación en el título de graduado en educación secundaria no se tiene que abonar ninguna tasa y, por lo tanto, la aplicación solo los genera los dos primeros documentos.

Imprimir (a una sola cara) y conservar los documentos porque son necesarios para continuar con la tramitación. 

En el supuesto de que no se generen los documentos mencionados, los recibiréis como documento adjunto a la dirección del correo electrónico que conte en la solicitud. Es necesario esperar a recibir el correo y no volver a hacer una nueva solicitud.

Después de enviar la solicitud, si queréis enmendar algún error o hacer algún cambio en los datos consignados, no tenéis que hacer una nueva solicitud; dirigíos en su punto de tramitación para solicitar la enmienda o el cambio.

Donde se puede hacer?

En el caso de las personas empadronadas en la ciudad de Barcelona el trámite se tiene que hacer en la Oficina de Acceso a la Formación Professional (c/ Rosselló. 87) (con cita previa).

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento, no hay plazos.

Precio

Para abonar el importe de la tasa es imprescindible la carta de pago generada por la aplicación informática al hacer la solicitud.

El pago se puede hacer:

  • En cualquier oficina de "la Caixa", a través de un terminal Servicaixa (el resguardo expedido por el terminal sirve como comprobante del pago).
  • Por Internet en el portal de "la Caixa"

El abono de este importe es imprescindible para tramitar cualquier expediente de homologación o convalidación; si el abono no se puede acreditar (o si el importe es insuficiente) se requerirá a la persona interesada el pago del importe pendiente. Si este no se hace efectivo, se considerará que el solicitante ceja en la solicitud.

Devolución de la tasa

Las personas que se encuentran en alguna de las situaciones siguientes tienen derecho a pedir la devolución de la tasa abonada:

  • haber solicitado una homologación exenta del pago
  • haber duplicado el pago de la tasa
  • haber hecho el pago de una solicitud de convalidación no presentada (expediente no iniciado)

 

Para pedir la devolución de la tasa hay que presentar en el registro del Departamento de Educación o la Oficina de Acceso a la Formación Profesionallos documentos siguientes:

  1. Solicitud de devolución de tasa
  2. Resguardo del pago
  3. Documentación donde se especifica por qué se solicita la devolución

No se devolverá la tasa en los casos de expedientes finalizados con resolución desestimatoria y/o resolución de dejación o caducidad.

Para la solicitud de homologación en el título de graduado en educación secundaria no se abonará ninguna tasa; para el resto de enseñanzas, los importes de las tasas son los mismos que hay que pagar por la expedición de títulos académicos y profesionales.

***Importando que cuando se avisa para recoger la homologación se indique n se tiene que recoger porque en el Consorcio solo se pueden recoger las de Barcelona ciudad y en cambio hay mucha gente de comarcas que lo presenta aquí pero no lo podrá recoger al Consorcio

Recibir requerimientos de la administración

Si al tramitar la homologación o la convalidación el solicitante aceptó recibir notificaciones electrónicas, en el supuesto de que la Administración le tenga que hacer algún requerimiento recibirá un mensaje de correo electrónico o un SMS donde se le avisa de que tiene a su disposición una notificación en la sede electrónica de la Generalitat.

Si no se aceptó recibir notificaciones electrónicas, los requerimientos se envían por correo postal en el domicilio indicado a la solicitud; a tal efecto, si la persona interesada cambia de domicilio hace falta que lo notifique por escrito al registro del Departamento de Enseñanza o de sus servicios territoriales.

Recibir la credencial de homologación

Si al hacer la solicitud se indicó un número de teléfono móvil, este aviso se recibe mediante un SMS.